Paco de Lucía recupera sus derechos sobre 38 obras

Paco de Lucía


Paco de Lucía
La sentencia le otorgará a los hijos de Paco de Lucía el dinero recibido por las obras compuestas por él, además del interés correspondiente (Fuente de imagen referencial: El Periódico de España, vía web)

El Sumario – El cantante y compositor español Paco de Lucía ganó finalmente la demanda contra los herederos del arreglista José Torregrosa por las canciones que compuso en los años 60 y 70 junto su mentor.

El recurso fue introducido por su hija Lucía, abogada de profesión, quien en 2012 intentó una medida conciliatoria con los herederos de Torregrosa, pero estos la rechazaron.

La demanda contra los herederos fue desarrollada por el abogado Agustín Azparren y Marisa Castelo, quien abandonó el proceso tras ser nombrada presidenta del Instituto de Autor. En su lugar, ingresó Lucía Sánchez, quien lideró la victoria judicial definitiva del artista español.

El juzgado de lo Mercantil 3 de Madrid, a cargo del magistrado Jorge Montull Urguijo, falló a favor de la viuda y los cinco hijos de Francisco Sánchez Gómez, nombre natural de Paco de Lucía, donde reconoce que de Lucía es el autor de 38 obras musicales, entre las que se encuentra su icónica pieza de flamenco «Entre dos aguas», cuyos derechos compartió con Torregrossa.

La sentencia obliga a los herederos de Torregrossa a reintegrar el dinero recibido como explotación de las obras compuestas por Paco de Lucía desde que fueron registradas, además del interés correspondiente.

La sentencia también establece una indemnización de 10.000 euros por daño moral a la viuda de Paco de Lucía, Gabriela Canseco, los tres hijos de su primer matrimonio y dos hermanos menores de edad del segundo.

La sentencia detalla que no existen pruebas ni indicios de que Torregrosa participara en el proceso creativo de las obras, al menos como coautor junto a Paco de Lucía.

Entre las obras que la justicia le otorga la autoría a de Lucía se encuentran ‘Entre dos aguas’: ‘Gitanos Trianeros’, ‘El Tajo’, ‘Jerezana’, ‘Llanto A Cádiz’, ‘Punta Umbría’, ‘Recuerdo a Patiño’, ‘Viva la Unión’, ‘En la Caleta’, ‘Llora la Seguiriya’, ‘Abril en Sevilla’, ‘Al Conquero’, ‘Que viene el coco’, ‘El Vito’, ‘Fuente Nueva’, ‘Plazuela’, ‘Rumba improvisada’, ‘Serranía de Málaga’, ‘Temas del Pueblo’, ‘Barrio de la Viña’, ‘Canastera’, ‘Cuando canta el gallo’, ‘De madrugá’, ‘Doblan campanas’, ‘Punta del Faro’, ‘Farolillo de Feria’, ‘Farruca de Lucía’, ‘Tientos del Mentidero’, ‘Percusión flamenca’, ‘La Guitarra Flamenca y Orquesta de Paco de Lucía’, ‘Fuente y caudal’, ‘Los pinares’, ‘Plaza de San Juan’, ‘Reflejo de Luna’, ‘Solera’, ‘Aires choqueros’ y ‘Cepa andaluza’.

En la demanda colaboraron el profesor de flamencología Faustino Núñez Núñez, así como al calígrafo José Carlos Moreno Linares. El primero de ellos analizó las obras y las atribuyó a Paco de Lucía, mientras Moreno Linares analizó los registros musicales de las obras y las comparó con las firmas de Paco de Lucía.

Tras el análisis del calígrafo, se determinó que en el registro de las obras de Paco de Lucía «el porcentaje fue alterado con posterioridad, siendo fijado en el 50% para cada uno de los titulares», cuando «el porcentaje original era de 80% Paco de Lucía y 20% José Torregrosa«.



Source link